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Convención de la OEA sobre derechos de las personas mayores

Autor: Silvio Aristizábal Giraldo //

Bajo el lema “más derechos para más personas”, la Organización de Estados Americanos -OEA- adoptó en junio del presente años la Convención  Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Se trata del primer documento internacional sobre derechos de las personas mayores, el cual, una vez sea ratificado por cada país se convierte en un instrumento vinculante. Es decir de obligatorio cumplimiento, a diferencia de otros como el Plan de acción Internacional de Madrid sobre el envejecimiento (2002), que contiene un conjunto de recomendaciones importantes para todos los países.

Ya Naciones Unidas en el 2009 había alertado sobre la necesidad de establecer una Convención sobre derechos de las “personas de edad”, señalando:

“Esa convención debería tener por objeto modificar actitudes negativas, aumentar la visibilidad de las personas de edad, delimitar las responsabilidades, mejorar los mecanismos de rendición de cuentas y proporcionar un marco internacional para proteger a las personas de edad… debería codificar los derechos de las personas de edad como principios internacionalmente reconocidos… especificar las obligaciones de los Estados Miembros, a fin de asegurar la plena protección de los derechos de sus ciudadanos de edad. En particular…debería incorporar la responsabilidad de los Estados de fortalecer la perspectiva de género en su acción legislativa y en sus políticas públicas en relación con el envejecimiento”.

No obstante lo anterior, la propuesta ha carecido de la receptividad suficiente en el seno de las Naciones Unidas, de ahí que la aprobación por parte de la OEA de la Convención constituya un hito importante, pues con ella América se convierte en la única región del mundo en disponer de un tratado cuyo cuyo objetivo fundamental es “promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce del ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas mayores, para contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad”. 

Si bien Argentina, Brasil, Chile, Uruguay y Costa Rica, suscribieron la Convención, la tarea que queda pendiente es lograr su ratificación por parte de estos y de los demás países. Solo así la Convención adquiere el carácter de instrumento vinculante que obliga a los países a adoptar “las medidas legislativas o de otro carácter” para garantizar su cabal cumplimiento. En este sentido, es urgente una acción decidida de la sociedad civil y de las distintas organizaciones defensoras de los derechos humanos.  

La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores representa un paso importante en el reconocimiento de los derechos de las personas viejas. Es de celebrar la promulgación de normas que garanticen los derechos de las personas viejas, un sector de la población que cada vez es más numeroso y es víctima de la violación de sus derechos al sufrir discriminación en razón de la edad, es decir, por ser personas viejas. 

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